Consulta previa, libre,informada


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CONVOCATORIA

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El Instituto Electoral del Estado de Guanajuato CONVOCA:
A las personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual del estado de Guanajuato, a participar en la Consulta previa, libre e informada en materia de la posible emisión de acciones afirmativas en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular en el estado de Guanajuato.

Lo anterior, conforme a las siguientes BASES:

I. Justificación de la consulta.

Las medidas de acción afirmativa son mecanismos especiales y temporales para combatir la discriminación y compensar, a través de la inclusión, las situaciones de desventaja que enfrentan poblaciones históricamente vulneradas. En materia político-electoral las acciones afirmativas son estrategias que buscan cerrar la brecha entre el reconocimiento de los derechos y el acceso real al ejercicio de tales derechos.

En cumplimiento de sus atribuciones, el 8 de marzo de 2022 el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (en adelante, IEEG) consideró procedente emitir acciones afirmativas en favor de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual para la elección de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa. El 8 de agosto de 2022, se notificó al IEEG la sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato dentro del expediente TEEG-REV-05/2022 en la que revoca esa decisión e instruye, entre otros aspectos, «realizar un estudio previo a emitir medidas afirmativas en favor de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual, así como darles en ello la participación que merecen tales grupos, para contar con diputaciones con dichas calidades en el Congreso del Estado en el próximo proceso electoral.

A fin de dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, el 31 de enero de 2023 el Consejo General del IEEG aprobó el plan de trabajo para la realización del estudio sobre la situación sociodemográfica, la distribución geográfica y las características de la participación político-electoral de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en el estado de Guanajuato.

La consulta previa, libre e informada a las personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en el estado de Guanajuato, constituye un elemento nodal del estudio que lleva a cabo el IEEG para la determinación de la posible emisión de medidas afirmativas en favor de las personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en la postulación de candidaturas para el proceso electoral 2023-2024.

II. Fundamento jurídico sobre el derecho a la consulta.

El derecho a la consulta es un derecho reconocido en distintos instrumentos internacionales de derechos humanos y en la legislación de nuestro país que buscan garantizar la participación de las personas ciudadanas en la vida pública y en la adopción de decisiones públicas que puedan afectarles. El reconocimiento de estos derechos se encuentra en el artículo 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La consulta a las personas afromexicanas se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 2°, inciso C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 18 y 19 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y en el artículo XXIII de la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas; así como las recomendaciones incluidas en la Declaración y el Programa de Acción de Durban sobre el derecho de las personas indígenas y afrodescendientes a ser consultadas en las decisiones que les afecten.

Son aplicables para la consulta a las personas con discapacidad el artículo 4° numeral 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los artículos 1° y 6° Fracción IV de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

La protección jurídica de los derechos de las personas de la diversidad sexual se encuentra contenida en los instrumentos de derechos humanos que reconocen el respeto a la dignidad humana de todas las personas sin distinciones. A nivel internacional, el artículo 5° de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia, compromete a los países a adoptar políticas especiales y acciones afirmativas para garantizar el goce o ejercicio de derechos y libertades fundamentales de personas y grupos que sean sujetos de discriminación e intolerancia. Además, la Declaración de Montreal sobre los Derechos Humanos de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales, así como los Principios de Yogyakarta son mecanismos que promueven acciones contra la discriminación por orientación sexual y de género e instan a los gobiernos a garantizar sus derechos, entre ellos, el de participar en la vida pública y en la formulación de políticas que afecten su bienestar.

III. Objetivo de la consulta.

Recabar la opinión de las personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en el estado de Guanajuato, sobre la posible emisión de acciones afirmativas en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular.

IV. Materia de la consulta.

La posible emisión de acciones afirmativas en la postulación de candidaturas a cargos de elección popular de las personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en el estado de Guanajuato.

V. Principios rectores de la consulta.

La consulta será previa, libre, informada, de buena fe, accesible y transparente.

VI. Actores de la consulta.


1. Personas consultadas.
Personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual.

2. Autoridad responsable.
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.

3. Órgano garante.
La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.

4. Instancias de acompañamiento.
El Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad, el Sistema DIF del Estado de Guanajuato, la representación del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas en el Estado de Guanajuato y el Congreso del Estado de Guanajuato.

5. Observadores.
Organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, personas que a título individual estén interesadas en el proceso y las representaciones de los partidos políticos. El registro se llevará a cabo en las oficinas centrales del IEEG, en las Juntas Ejecutivas Regionales y en la página consulta2023.ieeg.mx

VII. Etapas de la consulta.

1. Etapa de Convocatoria.

La convocatoria será difundida a través de los canales institucionales y otros medios apropiados a las necesidades de información de las personas que serán consultadas, considerando la implementación de ajustes razonables en los formatos de difusión para garantizar su accesibilidad.

2. Etapa informativa y reflexiva.

El IEEG promoverá la difusión de los materiales de la consulta y dispondrá de su infraestructura territorial para ello. La información será difundida en formatos diversificados (impresos, digitales y audiovisuales) con la finalidad de garantizar su accesibilidad. En esta dirección electrónica consulta2023.ieeg.mx encontrará contenidos informativos sobre acciones afirmativas y derechos político-electorales.

3. Etapa Consultiva.

Foros de consulta

Dirigido a Fecha Lugar
Personas de la diversidad sexual Domingo 28 de mayo de 2023 a las 11:00 horas Poliforum, Sala Hall A302c, Bulevar Adolfo López Mateos esquina Bulevar Francisco Villa, colonia Oriental, León, Guanajuato.
Personas afromexicanas Domingo 4 de junio de 2023 a las 11:00 horas Plaza de la Ciudadanía Griselda Álvarez, Bulevar Vasco de Quiroga 2101, colonia Presidentes de México, León, Guanajuato.
Personas con discapacidad Domingo 11 de junio de 2023 a las 11:00 horas Plaza Don Bosco, en Bulevar Luis Donaldo Colosio 1477, colonia Independencia, Irapuato, Guanajuato.


4. Etapa de sistematización.

En esta etapa se integrarán, procesarán los datos y analizarán las opiniones recabadas en los cuestionarios de la consulta, así como las opiniones expuestas en los Foros de Consulta presenciales.

5. Etapa de elaboración del informe de hallazgos.

En esta etapa, se presentarán en forma escrita los resultados de la consulta

VIII. Previsiones generales.

1. Documentación de la Consulta.

El IEEG recibirá los cuestionarios con las opiniones de las personas consultadas y resguardará la información. Adicionalmente, registrará el proceso de participación en los Foros de Consulta presencial a través de los medios que considere más pertinentes para documentar todo el proceso a efecto de integrar el estudio final.

2. Protección de datos personales.

El IEEG protegerá los datos personales recabados en el proceso de consulta de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato.

3. Intérpretes.

En los Foros de Consulta, el IEEG contará con intérpretes de Lengua de Señas Mexicana a fin de garantizar el derecho a la información de las personas consultadas.

4. Presupuesto.

El proceso de consulta se financiará con recursos presupuestales del IEEG conforme a su disponibilidad presupuestal.

IX. Información.

A partir de la publicación de la presente Convocatoria se resolverá cualquier duda relacionada con la Consulta en el teléfono: (473) 735 30 00 extensiones 3316, 3290 y 3291.

X. Calendario.

Etapa Periodo
i. Emisión de Convocatoria a la ciudadanía 10 mayo de 2023
ii. Etapa Informativa y reflexiva 10 mayo al 18 de junio de 2023
iii. Etapa Consultiva 22 de mayo al 19 de junio de 2023
iv. Etapa de Sistematización 20 al 30 de junio de 2023
v. Etapa de elaboración del informe de hallazgos 3 al 14 de julio de 2023

FOROS







Conoce la dirección de la Junta Ejecutiva Regional de tu municipio, recuerda que también
puedes participar en la consulta contestado los cuestionarios de manera presencial



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